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La obligatoriedad de la vigilancia de la salud en el trabajo.

Noticias

Por Francis Ortega- Técnico en PRL/ Asociado de AEPSAL

 

Una de la casuísticas que se dan constantemente en el mundo laboral, es la obligatoriedad o no de la realización del reconocimiento médico a los empleados.

El artículo 22.1 de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL), admite la posibilidad de realizar los reconocimientos médicos de manera obligatoria con la finalidad de evaluar los efectos de las condiciones de trabajo sobre la salud de los trabajadores o para verificar si el estado de salud del trabajador puede constituir un peligro para el mismo, para los demás trabajadores o para otras personas relacionadas con la empresa. Además, dicho artículo también recoge la posibilidad de que la realización del reconocimiento médico sea voluntario.

En determinadas circunstancias puede ocurrir que el artículo 22.1 (LPRL) pueda entrar en contraposición con el derecho a la intimidad recogido en el articulo 18 de la Constitución Española (CE).

Tenemos que aclarar que hay mucha controversia en los juzgados respecto a este asunto, debido a como ya comentamos con anterioridad, hay que hacer hincapié en el art. 19.2 del Estatuto de los Trabajadores (ET) donde se impone al empresario la obligación de garantizar una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo.

El art. 19.1 ET hace referencia al derecho del trabajador de tener una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo.

Tras todo lo expuesto con anterioridad nos puede llevar a la tesitura de que se vea afectado el derecho a la intimidad del trabajador, según lo recogido en la STC 198/2004, de 15 de noviembre, indica que “los derechos fundamentales no son ni ilimitados ni absolutos”. Siempre que tenga justificación constitucional. Es decir, el fundamento tiene que estar fundado en un hecho meramente objetivo.

Según la sentencia 452/2019 del Tribunal Supremo de la Sala de lo Social, concluye que “la restricción del derecho resulta necesaria sin que exista ninguna otra medida alternativa al reconocimiento médico para verificar el estado de salud del trabajador y existe proporcionalidad entre el sacrificio del derecho y el beneficio que se pretende obtener (preservar la salud del propio trabajador)”.

Tras la breve descripción realizada se puede llegar a la conclusión de que la vigilancia de la salud es una herramienta esencial para garantizar el derecho a la salud de los trabajadores y de terceros que puedan relacionarse con el trabajador; como así establece el artículo 14 LPRL indicando el derecho de los trabajadores a una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo.

Con lo que respecta a la voluntariedad del reconocimiento médico, no implica la existencia de un derecho absoluto por parte del trabajador. Es decir, la norma impone sacrificios a la misma cuando pueda entrar en disputa con otros derechos fundamentales, como por ejemplo evaluar los riesgos inherentes al trabajo y determinar si el trabajador es apto para desempeñar las funciones del puesto de trabajo.

 

Artículo escrito por: Francis Ortega

abril 30, 2024
https://aepsal.com/wp-content/uploads/2024/03/logo_400.png 0 0 Nidia https://aepsal.com/wp-content/uploads/2024/03/logo_400.png Nidia2024-04-30 09:21:142024-04-30 09:21:14La obligatoriedad de la vigilancia de la salud en el trabajo.

Ofertas de Trabajo 2024 (copy)

Noticias, Bolsa de trabajo

Ofertas de empleo disponibles en distintas localidades del territorio Español:

Ofertas de empleo Abril 2024:

Técnico_a Superior PRL (vacante temporal).docx

SEGURIDAD EN MAQUINAS

DOCENTE DE MÓDULO DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES DIRIGIDO A JÓVENES (1)

Ofertas de empleo Marzo 2024:

Técnico de PRL Barcelona

Ofertas de empleo Febrero 2024:

Técnico_a Superior de Prevención de Riesgos Laborales, Calidad y Medioambiente con experiencia en industria y obras de entorno industrial para la provincia de Barcelona.

Técnico/a Superior de Prevención de Riesgos Laborales, Calidad y Medioambiente con experiencia en industria y obras de entorno industrial para la provincia de Madrid.

 

abril 29, 2024
https://aepsal.com/wp-content/uploads/2023/03/Certificado-de-Trabajo-Aguamarina-Granate-Foto-Contratacion-2.webp 816 1056 Nidia https://aepsal.com/wp-content/uploads/2024/03/logo_400.png Nidia2024-04-29 10:06:102024-04-29 10:15:35Ofertas de Trabajo 2024 (copy)

Realmente…. ¿Queremos que la Prevención avance?

Noticias

Realmente…. ¿Queremos que la Prevención avance?

Hace unas semanas, por fin, pudimos tener conocimiento sobre las posibles propuestas de modificación del INSST-DGT, para la LPRL y el RSP, entiendo que con el claro fin de que la prevención avance.

 

Sensación agridulce: donde no se han tenido en cuenta ni a los profesionales, ni a las Asociaciones expertas en la materia.

Después de varias lecturas y de una reflexión creo que sosegada, me he quedado con una sensación agridulce. Primero, porque no han tenido en cuenta a las asociaciones de profesionales como AEPSAL u otras, que tenemos un único fin, el avance de la prevención con MAYÚSCULAS, sin colores e influencias políticas. Segundo, porque son propuestas que tienen lo que yo llamo el SÍNDROME DEL CONGRESO, buenas palabras, alguna idea brillante pero generalmente con una complicada aplicación práctica en el día a día de los TPRL; un exo-esqueleto es un gran invento, pero no todos los puestos de trabajo industriales requieren uno y no es la solución para toda la problemática preventiva en la industria, además solo un porcentaje de empresas se lo puede permitir.

Hay un tercer punto que no se trata y que los profesionales creemos que fomentaría el avance del sector y por ende del nivel preventivo de las empresas, que sería la liberalización de la profesión del TPRL.

 

Necesitamos un avance de la Prevención sin colores, ni influencias políticas

Las anteriores reflexiones pueden parecer severas, seguramente más de un lector, dada la sociedad polarizada en la que nos encontramos, dirá que mis apreciaciones estarán influidas por mi pertenencia a alguna tendencia política y que por eso no estoy conforme; pues nada más lejos de la realidad y para justificarme os lanzo estos dos ejemplos:

  • Se contempla en la propuesta, la posibilidad de que la formación en prevención pueda impartirse con medios propios de la empresa o por entidades especializadas que no sean servicios de prevención, lo que modificará los art. 15.2 y 19 de la LPRL.

Bajo mi punto de vista, esta propuesta tiene una parte positiva, al abrir la formación en PRL a otros departamentos de la empresa que no sean el SP. Se fomenta la integración de esta y además, más de un trabajador lo agradecerá, ya que habrá soportado en algún momento cursos diseñados para impartirse de igual forma en una peluquería que en una fundición. No obstante, también tienen una parte negativa, se puede perder la sensibilidad preventiva en las formaciones, ya que profesionales muy cualificados en un oficio, pueden tener practicas no totalmente seguras de trabajo, que se deberán depurar; además se puede abrir la influencia de las urgencias productivas en la formación.

 

  • Por otro lado, se propone disgregar la disciplina de “ERGONOMÍA Y PSICOCIOLOGÍA”, en dos independientes, modificando lo art. 20 y 34 del RSP.

Bajo mi punto de vista, este no es el problema de esta especialidad preventiva, que está afectada por un problema estructural de la sociedad y el sistema. No parece coherente, que dentro de los temarios cursado por los ingenieros (industriales, aeronáuticos, etc.…), no se traten con profundidad, temas preventivos y en especial ergonómicos, hecho que dificulta la prevención en diseño y produce que los medios de producción puedan ser los causantes de las lesiones de los trabajadores. Por otro lado, la psicosociología no se desarrolla dentro de las empresas, en la mayoría de los casos, no por falta de conocimiento de los profesionales, sino por miedo en las empresas a abrir un “melón” que le puede producir un tsunami social, en la que el empresario no ve ningún beneficio.

 

Por todo esto os lanzo mi pregunta: ¿QUEREMOS QUE LA PREVENCIÓN AVANCE?

AUTOR: Emiliano Agudo Benito.

Gestor de PRL y miembro de AEPSAL.

abril 25, 2024
https://aepsal.com/wp-content/uploads/2024/04/Art.-Emiliano-Agudo.png 788 940 Nidia https://aepsal.com/wp-content/uploads/2024/03/logo_400.png Nidia2024-04-25 08:06:422024-04-25 08:06:43Realmente…. ¿Queremos que la Prevención avance?

RIESGOS DEL TRABAJO EN PLATAFORMAS DIGITALES por Susana Romero

Noticias

El trabajo en plataformas digitales es una forma de trabajar relativamente nueva que es posible gracias a las tecnologías digitales, como ordenadores personales, teléfonos inteligentes, aplicaciones y conexión a internet. El trabajo en plataformas digitales se define como todo trabajo remunerado que se realiza a través de, o en una plataforma en línea, es decir, un mercado digital que permite ajustar la demanda y la oferta de trabajo para realizar tareas específicas. En 2022 alrededor del &% de la población europea trabajaba para plataformas digitales. Dentro de este concepto, el trabajo puede realizarse completamente en línea o in situ.

  1. Trabajo en plataformas digitales en línea: las tareas se asignan a quienes trabajan en línea y se realizan única o principalmente de forma virtual con la ayuda de un dispositivo electrónico en cualquier lugar (sobre todo en el domicilio de los trabajadores). Ejemplos de personal de plataformas digitales son las personas moderadoras de contenidos, las programadoras de software, el personal administrativo y el de diseño gráfico.
  2. Trabajo en plataformas digitales in situ: las tareas se asignan a las personas a través de internet, pero se realizan única o principalmente en el mundo físico, como en zonas públicas, en la carretera o en las dependencias del cliente. Entre las personas que realizan trabajo de plataformas in situ se encuentran los repartidores, conductores, trabajadores manuales, trabajadores domésticos, enfermeras y cuidadores.

 

Riesgos del trabajo en Plataformas digitales

Los riesgos en materia de SST a los que se enfrentan quienes trabajan en plataformas son muy similares a los relacionados con las mismas tareas que se llevan a cabo fuera de la economía de plataformas. Por ejemplo, las personas que trabajan en plataformas en línea están expuestas a riesgos relacionados con posturas estáticas prolongadas, el uso de equipos poco adecuados y el uso de dispositivos digitales.

No obstante, implica riesgos específicos:

  • Situación laboral y régimen contractual ambiguos

Las plataformas digitales de trabajo tienden a clasificar al personal como autónomos por cuenta propia, lo que puede no coincidir con sus condiciones laborales y de trabajo reales. El hecho de trabajar por cuenta propia implica que el personal de plataformas es responsable de su propia SST, ya que en la mayoría de los Estados miembros de la UE la legislación pertinente en materia  de SST se aplica únicamente a quienes trabajan por cuenta ajena. Además, estas personas no suelen ser destinatarias de los servicios de prevención, control y aplicación, están excluidas de las iniciativas de diálogo social y no están cubiertas por la negociación colectiva.

  • Gestión algorítmica

Las plataformas utilizan la gestión algorítmica, es decir, algoritmos para asignar tareas, supervisar y evaluar el rendimiento y el comportamiento del personal. Esto puede socavar la autonomía, el control del trabajo y la flexibilidad de las personas, y puede llevar a una mayor carga de trabajo, agotamiento, ansiedad y estrés, lo que repercute negativamente en la salud y el bienestar. El algoritmo clasifica y ofrece recompensas o sanciones a las personas en función de su rendimiento o comportamiento, lo cual puede resultar exigente desde el punto de vista emocional. También cabe mencionar que, a menudo, existe una falta general de transparencia sobre el funcionamiento del algoritmo, lo que puede contribuir a la inseguridad y al estrés, y suponer un obstáculo para la participación y la consulta de las personas trabajadoras

Aislamiento social ,lugares de trabajo no convencionales y conflicto entre la vida profesional y la vida privada

El trabajo en plataformas digitales se realiza principalmente de forma aislada por personas anónimas y dispersas, con una elevada rotación laboral, en lugares de trabajo mal adaptados, a menudo con equipos inadecuados y con límites difusos entre la vida profesional y la vida privada. Esto puede tener una
serie de implicaciones para la SST de quienes trabajan en las plataformas. Los problemas de sueño, el agotamiento, el estrés, la depresión, el desgaste profesional, la soledad, los trastornos musculoesqueléticos, los accidentes y una insatisfacción general con el trabajo y la vida personal son problemas que se señalan con frecuencia. El aislamiento social de las personas trabajadoras de plataformas limita su organización y, en consecuencia ,el diálogo social, la negociación colectiva y la participación en el desarrollo de un sistema de gestión de la SST. Las condiciones de dispersión y de falta de órganos representativos organizados dificultan la promoción de la formación, el acceso a los servicios de SST y a iniciativas como las campañas de sensibilización y prevención.

  • Inseguridad laboral y de ingresos

El trabajo en plataformas digitales conlleva una importante inseguridad laboral y de los ingresos, ya que su personal suele tener poco o ningún control, ni poder de negociación, sobre cuanto pueden trabajar y ganar por tarea. La inseguridad en el empleo y los ingresos son factores de riesgo psicosocial reconocidos que están relacionados con el trabajo.

 

Sección temática de la EU-OSHA sobre la digitalización del trabajo y sus implicaciones para la SST: https://osha.europa.eu/en/themes/digitalisation-work.

https://healthy-workplaces.osha.europa.eu/en/publications/safety-and-health-insights-digital-platform-work-0

Cuestiones psicosociales y el cambiante mundo del trabajo:

https://oshwiki.osha.europa.eu/en/themes/psychosocial- issues-changing-world-work.

 

Autora: Susana Romero Miguel. Secretaria General de AEPSAL

abril 23, 2024
https://aepsal.com/wp-content/uploads/2024/04/Susana-Romero-RIESGOS-DEL-TRABAJO-EN-PLATAFORMAS-DIGITALES-2.png 2531 2025 Nidia https://aepsal.com/wp-content/uploads/2024/03/logo_400.png Nidia2024-04-23 10:40:472024-04-23 10:40:47RIESGOS DEL TRABAJO EN PLATAFORMAS DIGITALES por Susana Romero

Cartel: Accidentes de trabajo con baja en jornada de trabajo (ATJT) según forma, sexo, edad y gravedad – Infografías de Salud Laboral – Datos año 2021

Noticias

En esta infografía se presentan mediante gráficos y de manera simplificada los datos sobre los Accidentes de trabajo en jornada de trabajo (ATJT) ocurridos en el año 2021, según forma, sexo, edad y gravedad.

Esta infografía sintetiza, junto con la infografía «Accidentes de trabajo en jornada de trabajo (ATJT) según sector y tipo de contrato del año 2021″, la información contenida en el «Informe de Accidentes de trabajo con baja en jornada de trabajo (ATJT) 2021«.

abril 10, 2024
https://aepsal.com/wp-content/uploads/2024/03/logo_400.png 0 0 Nidia https://aepsal.com/wp-content/uploads/2024/03/logo_400.png Nidia2024-04-10 10:36:532024-04-10 10:36:53Cartel: Accidentes de trabajo con baja en jornada de trabajo (ATJT) según forma, sexo, edad y gravedad – Infografías de Salud Laboral – Datos año 2021

¿Lluvia y Antojo? ¡Delivery al Rescate!

Noticias

Derechos de ftografía- RTVE Noticias

Las recientes lluvias han incrementado las reservas de agua en la Península en casi 3.000 hectómetros cúbicos, lo que equivale a más de la mitad del consumo anual de agua de las ciudades. Actualmente, los embalses se encuentran al 63% de su capacidad, en comparación con el 52% en abril de 2023.

Sin embargo, estas precipitaciones no han sido del agrado de todos, como demuestra una nota compartida en el patio de X, donde un residente expresó su preocupación por la seguridad de los repartidores que trabajan bajo la lluvia. Este incidente generó un debate en las redes sociales sobre las condiciones laborales de los repartidores, con opiniones divididas sobre si las empresas de reparto deberían suspender los servicios en condiciones climáticas adversas.

Algunos usuarios argumentaron que los repartidores tienen derecho a decidir si trabajar o no bajo la lluvia, mientras que otros abogaron por una mayor protección laboral y un trato más justo para estos trabajadores. La solución parece estar en un equilibrio entre la comodidad del consumidor y la seguridad y estabilidad laboral de los repartidores.

En última instancia, es crucial luchar por condiciones laborales dignas para todos, garantizando que nadie tenga que trabajar en situaciones precarias para poder subsistir.

Noticia por: José Nicolás – El País
abril 8, 2024
https://aepsal.com/wp-content/uploads/2024/03/logo_400.png 0 0 Nidia https://aepsal.com/wp-content/uploads/2024/03/logo_400.png Nidia2024-04-08 10:20:062024-04-08 10:20:06¿Lluvia y Antojo? ¡Delivery al Rescate!

ILO podcast: «La pandemia ha puesto los riesgos psicosociales en el foco de atención»

Noticias

Hasta recientemente no se hablaba mucho de los riesgos psicosociales en el trabajo. La pandemia ha marcado un antes y un después.

La generalización del teletrabajo, la situación a veces dramática del personal sanitario en la lucha contra la COVID-19 y la creciente digitalización de nuestras vidas han puesto sobre la mesa problemáticas que deben resolverse no sólo en las empresas, sino también a nivel de gobierno, nos dice Iván Williams Jimenez, responsable de normativa en el instituto de Seguridad y Salud ocupacional en el Reino Unido.

Escucha el podcast aquí

abril 5, 2024
https://aepsal.com/wp-content/uploads/2024/03/logo_400.png 0 0 Nidia https://aepsal.com/wp-content/uploads/2024/03/logo_400.png Nidia2024-04-05 10:52:452024-04-30 10:32:18ILO podcast: «La pandemia ha puesto los riesgos psicosociales en el foco de atención»

Avances en Igualdad: Perspectivas desde la UE y España

Noticias

El concepto de igualdad es fundamental en la justicia social, siendo un pilar esencial de las naciones democráticas occidentales. En este contexto, los planes de igualdad corporativa surgen como un conjunto de medidas organizadas con el propósito de promover la equidad de género en las empresas españolas, garantizando tanto el trato igualitario como las oportunidades entre mujeres y hombres.

La Estrategia de Igualdad de Género de la Unión Europea (2020-2025) representa un compromiso vital para alcanzar una «Unión en Igualdad». Este plan presenta objetivos y acciones políticas que buscan avanzar hacia una Europa donde todas las personas, independientemente de su género, tengan la libertad de seguir su propio camino en la vida, cuenten con igualdad de oportunidades y participen activamente en la sociedad.

El 8 de marzo de 2023 entró en vigor el Real Decreto Ley 6/2019 sobre medidas urgentes para garantizar la igualdad en las empresas. Esta normativa amplía la obligación de elaborar y aplicar un plan de igualdad a todas las empresas con 50 o más trabajadores, antes aplicable solo a aquellas con 250 o más empleados. Este enfoque busca reforzar el compromiso empresarial en la eliminación de la discriminación y la promoción de la igualdad de género, en línea con el principio constitucional de igualdad de oportunidades.

Los planes de igualdad deben incluir un diagnóstico elaborado con la participación de la representación legal de los empleados, abordando aspectos como el proceso de contratación, la tipificación profesional, las condiciones laborales, la conciliación familiar, la equidad salarial y la prevención del acoso sexual y por razón de género.

Las empresas que incumplan con esta normativa podrían enfrentar sanciones económicas significativas y perder el acceso a ayudas y bonificaciones. Es importante destacar que la implementación de los planes de igualdad tiene plazos específicos, dependiendo del tamaño de la empresa, con el objetivo de garantizar su efectiva aplicación y cumplimiento.

Este enfoque proactivo hacia la igualdad de género refleja un importante avance tanto a nivel nacional como europeo, impulsando la equidad y la justicia en el ámbito laboral y más allá.

abril 3, 2024
https://aepsal.com/wp-content/uploads/2024/03/logo_400.png 0 0 Nidia https://aepsal.com/wp-content/uploads/2024/03/logo_400.png Nidia2024-04-03 10:30:222024-04-03 10:30:22Avances en Igualdad: Perspectivas desde la UE y España

El IAPRL pone en marcha la unidad móvil para la PRL

Noticias

El 27 de marzo comenzó en el Polígono Industrial Carretera Amarilla de Sevilla la ruta de la unidad móvil para la prevención de riesgos laborales del Instituto Andaluz de Prevención de Riesgos Laborales de Andalucía (IAPRL), que recorrerá los polígonos industriales y entornos empresariales de las ocho provincias andaluzas acercando recursos, información y asesoramiento para reducir la siniestralidad laboral en entornos de especial impacto. La unidad móvil cuenta con simuladores de circulación vial y gafas virtuales para reproducir situaciones de posibles caídas en altura, así como espacios para impartir formación y asesoramiento personalizado.

Se trata de una iniciativa enmarcada dentro del Plan de Choque contra la siniestralidad laboral abordado desde la Junta de Andalucía, CEA, CCOO y UGT, cuyo objetivo es reducir los riesgos en los entornos de trabajo, con medidas y actuaciones que superan los 2 millones de euros de presupuesto. Además, el plan de choque está enmarcado en el Pacto Social y Económico por el Impulso de Andalucía suscrito por el Gobierno andaluz y los principales agentes económicos y sociales el pasado mes de marzo.

Al acto de presentación el 27 de marzo en Sevilla acudieron Luis Roda, director general de Trabajo, Seguridad y Salud Laboral de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo; Manuel Carlos Alba Tello, director del Área Jurídica y Relaciones Laborales de CEA; María José López Garrido, responsable de Salud Laboral de CCOO Granada; y Julián Vileya Rodríguez, Secretario de Relaciones Laborales y Empleo de UGT Andalucía. También asistieron el Delegado Territorial de Empleo en Sevilla, Antonio Augustín, y técnicos del Centro de Prevención de Riesgos Laborales de Sevilla.

En palabras del director general de Trabajo, Luis Roda, “esta medida pretende acercar los recursos de los que dispone la administración para las empresas y trabajadores, para que puedan implementar medidas de prevención en sus entornos laborales”, añadiendo que “queremos incidir principalmente en las pymes, porque es donde resulta más difícil introducir actuaciones para reducir la siniestralidad, ya que concentran prácticamente el 50% de los accidentes registrados”.

Desde la Confederación de Empresarios de Andalucía (CEA), su director del Área Jurídica y Relaciones Laborales, Manuel Carlos Alba, ha subrayado que “el avance de la Cultura Preventiva en nuestra sociedad es una prioridad para los empresarios andaluces. Cada día crece su peso en las empresas, con las personas en el centro de su gestión y con la prevención como factor estratégico y nuclear”. En palabras de Alba, “las pymes, el músculo de nuestro tejido productivo, son la punta de lanza de este aumento de la sensibilidad en PRL. Por eso celebramos especialmente la puesta en marcha de esta unidad móvil, que pone el foco en ellas y es fruto del Diálogo Social en nuestra Comunidad”.

La unidad móvil del Plan de Choque contra la Siniestralidad Laboral cuenta con una página web informativa () donde las empresas interesadas pueden informarse del recorrido que tendrá esta iniciativa por las ocho provincias andaluzas. Además, se puede reservar una sesión informativa en la unidad móvil llamando al 981638386, o a través del correo prevencionriesgos.andalucia@gmail.com.

El Plan de Choque contra la Siniestralidad Laboral, que parte de la actual Estrategia Andaluza de Seguridad y Salud en el Trabajo, contempla siete grandes líneas de actuación que persiguen incrementar los niveles de sensibilización entre empleados y empresarios para que cale en toda la sociedad el mensaje de la cultura preventiva, con especial atención a los accidentes de tipo traumático en jornada laboral.

Entre las principales actuaciones, que ya han sido todas puestas en marcha, destaca la elaboración de un detallado Mapa de la Siniestralidad grave, muy grave y mortal en Andalucía durante los años 2021 y 2022, otorgando mayor relevancia a dos tipologías de accidentes en los que se han detectado mayores incrementos: las caídas en altura y el vuelco o pérdida de control de maquinaria y equipos de carga.

abril 2, 2024
https://aepsal.com/wp-content/uploads/2024/03/logo_400.png 0 0 Nidia https://aepsal.com/wp-content/uploads/2024/03/logo_400.png Nidia2024-04-02 10:59:122024-04-02 10:59:12El IAPRL pone en marcha la unidad móvil para la PRL

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