La Junta Directiva de AEPSAL, a propuesta de la Junta Rectora del Cuerpo Nacional de Peritos Judiciales, acordó las siguientes normas de acceso a dicho Cuerpo:
– Ser asociado de AEPSAL
– Estar en disposición de la titulación a nivel de Curso Superior o Master universitario de PRL. Asimismo, los peritos de la especialidad de Vigilancia de la Salud, el título de Médico especialista en Medicina del Trabajo o el de Enfermero especialista en Enfermería del trabajo.
– Tener formación en materia de peritos judiciales, que se acreditará mediante el Diploma del curso de capacitación de Peritos Judiciales de AEPSAL o, en su defecto, el de otra entidad, siempre que tenga una carga lectiva mínima de 60 horas lectivas.
– No estar incurso en causa manifiesta de insolvencia moral o profesional.
Asimismo, los Peritos Seniors deberán cumplir el siguiente requisito accesorio:
Presentación de solicitudes
Los interesados en ingresar de Nuevo en el Cuerpo, deberán presentar en AEPSAL la siguiente documentación:
a) Solicitud formulada en el impreso que podrán descargar de la Web de AEPSAL.
b) Currículum Vitae profesional, en el que especificarán las empresas o entidades en las que hayan prestado servicios como prevencionistas, el tiempo que han permanecido en las mismas y las funciones que han desarrollado.
c) Fotocopia compulsada del DNI
d) Fotocopia compulsada del Certificado del Curso Superior o del Título de Master Universitario de segundo ciclo en P.R.L., y, en su caso, del Título de Licenciado en Medicina o Enfermería del trabajo.
e) Dos trabajos específicos realizados por el interesado y correspondientes a cada especialidad solicitada, que se remitirán en formato electrónico.
A estos, efectos, se considerarán como trabajos específicos, los informes periciales, los estudios ergonómicos de puestos de trabajo, los Planes de Seguridad y Salud específicos de obras concretas, los Planes de emergencia, las adecuaciones de máquinas, las mediciones específicas de agentes químicos, físicos o biológicos, siempre que contengan las correspondientes conclusiones y medidas preventivas.
g) Diploma de haber realizado el Curso de Peritos Judiciales de AEPSAL o certificado original o compulsado, de haber cursado formación en materia de peritos judiciales, con una carga lectiva mínima de 60 horas incorporada al curso.
h) Declaración Responsable de no estar incurso en prohibiciones, inhabilitaciones, ni en causa manifiesta de insolvencia moral o profesional.
i) Comprobante de haber abonado la Cuota de estudio y, en su caso, la Cuota de Ingreso.
Comisión de admisión
En el curso de la celebración de sus juntas periódicas, la Junta Rectora del Cuerpo de peritos se constituirá en Comisión de admisión, para el estudio de las solicitudes que se vayan presentando.
Previo análisis y estudio de los méritos profesionales del candidato, los Vocales correspondientes a las especialidades solicitadas por el aspirante a Perito, analizarán los dos trabajos aportados y formularán a la Comisión la propuesta de Admisión o Desestimación de la solicitud presentada.
Cuota de estudio
Se acuerda establecer una cuota de estudio de 100 Euros para el estudio del expediente de admisión por parte de la Junta Rectora del Cuerpo.
Cuota de ingreso
Se acuerda fijar una cuota de admisión al Cuerpo de 500 Euros, de la que estarán exonerados los ex alumnos del Curso de peritos judiciales, organizados por AEPSAL.
Dicha cuota deberá ser abonada por los candidatos admitidos al Cuerpo en los quince días siguientes a la comunicación de dicha admisión. En caso contrario, los interesados decaerán en el derecho al ingreso en el Cuerpo, por lo que, en caso de intentar de nuevo el ingreso, deberán volver a abonar la cuota de estudio y, a juicio de la Comisión de Admisión, renovar el expediente de solicitud.
Disposiciones Finales
Estas normas entraran en vigor el día de su publicación en la Web de AEPSAL.