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Las sanciones por incumplimiento de la normativa de prevención de riesgos biológicos

Noticias
El Real Decreto 664/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo, es la normativa que rige las medidas para prevenir riesgos biológicos en el trabajo en España.

El Real Decreto establece las siguientes medidas para prevenir los riesgos biológicos en el trabajo:

  • Evaluación de riesgos: El empresario debe realizar una evaluación de riesgos para identificar los riesgos biológicos presentes en el lugar de trabajo.
  • Plan de prevención: El plan de prevención debe incluir medidas para reducir o eliminar los riesgos biológicos.
  • Formación de los trabajadores: Los trabajadores deben recibir formación sobre los riesgos biológicos y cómo prevenirlos.
  • Uso de equipo de protección personal (EPP): El EPP puede ayudar a proteger a los trabajadores de la exposición a agentes biológicos.

El Real Decreto también establece las siguientes disposiciones específicas:

  • Clasificación de los agentes biológicos: Los agentes biológicos se clasifican en cuatro grupos, en función de su riesgo de infección.
  • Vigilancia de la salud: Los trabajadores expuestos a agentes biológicos de riesgo deben ser sometidos a vigilancia de la salud.
  • Información y consulta: Los trabajadores deben ser informados y consultados sobre los riesgos biológicos presentes en el lugar de trabajo.

El Real Decreto es aplicable a todos los trabajadores que estén o puedan estar expuestos a agentes biológicos durante el trabajo.

La Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS) es el organismo encargado de velar por el cumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales en España. La ITSS puede realizar inspecciones en las empresas para comprobar que cumplen con las medidas de prevención establecidas en el Real Decreto 664/1997.

En caso de que la ITSS detecte incumplimientos de la normativa, puede imponer sanciones a la empresa. Las sanciones pueden ser de carácter administrativo o penal.

Las sanciones administrativas pueden consistir en:

  • Multas: Las multas pueden variar en función de la gravedad del incumplimiento. Las multas más altas pueden llegar hasta los 10 millones de euros.
  • Inhabilitaciones: La empresa puede ser inhabilitada para realizar una actividad o para contratar trabajadores.

Las sanciones penales pueden consistir en:

  • Multas: Las multas penales pueden llegar hasta los 900.000 euros.
  • Prisión: La pena de prisión puede llegar hasta los 3 años.

Los trabajadores también pueden denunciar a las empresas que incumplan la normativa de prevención de riesgos laborales. Las denuncias pueden realizarse ante la ITSS o ante los sindicatos.

En caso de que un trabajador sea víctima de un accidente laboral debido a un incumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales, puede reclamar una indemnización a la empresa.

Ejemplos de incumplimientos de la normativa de prevención de riesgos biológicos

Algunos ejemplos de incumplimientos de la normativa de prevención de riesgos biológicos incluyen:

  • No realizar una evaluación de riesgos biológicos.
  • No elaborar un plan de prevención de riesgos biológicos.
  • No formar a los trabajadores sobre los riesgos biológicos.
  • No proporcionar a los trabajadores el equipo de protección personal necesario.
  • Exponer a los trabajadores a agentes biológicos de riesgo sin tomar las medidas de protección adecuadas.

Es importante que las empresas cumplan con la normativa de prevención de riesgos biológicos para proteger la salud de sus trabajadores.

En general, las evaluaciones de riesgos biológicos deben realizarse al menos una vez al año. Sin embargo, las empresas pueden acordar con la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS) realizar evaluaciones de riesgos con mayor o menor frecuencia.

Las empresas que realizan actividades con un mayor riesgo de exposición a agentes biológicos, como las empresas sanitarias, las empresas de limpieza y las empresas de investigación, deben realizar evaluaciones de riesgos con mayor frecuencia. Estas empresas pueden realizar evaluaciones de riesgos cada seis meses o incluso cada trimestre.

Las empresas que realizan actividades con un menor riesgo de exposición a agentes biológicos, como las empresas agrícolas o las empresas de producción alimentaria, pueden realizar evaluaciones de riesgos cada dos o tres años.

Las empresas deben conservar los resultados de las evaluaciones de riesgos biológicos durante al menos cinco años.

Fuente de información:

www.researchgate.net/publication/347437391_Application_of_Lean_6s_Methodology_in_an_Engineering_Education_Environment_during_the_SARS-CoV-2_Pandemic
www.scielo.org.co/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S2145-77192015000100003
www.seguridad-laboral.es/especiales-prl/proteccion-respiratoria/riesgos-biologicos-los-olvidados_20120422.html
noviembre 28, 2023
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