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Aepsal participa en la consulta del ministerio de trabajo para la elaboracion nueva Ley del Teletrabajo

Participación Asociados, Publicaciones, Guías prácticas

AEPSAL, como asociación profesional en el ámbito de la Seguridad y Salud, con un marcado carácter de colaboración en todos los aspectos preventivos, tanto a nivel nacional como internacional ha participado en la consulta pública abierta para elaboración de la Nueva Ley de Trabajo a distancia. En base a ello, registró el pasado lunes 22 en el Ministerio de Trabajo y Economía Social su propuesta de teletrabajo elaborada por Ismael Sánchez Herrera, Mireya Rifat, David Hernández y Susana Romero, la cual desarrolla los aspectos relacionados con la gestión de la seguridad y salud del trabajador a distancia.

La necesidad de una regulación del teletrabajo

El teletrabajo se constituye como una solución a muy distintas necesidades socio-laborales, un avance natural del trabajo que conlleva muchas mejoras (medioambientales, conciliación laboral, flexibilidad, etcétera). Sin embargo, tras este nuevo modelo de trabajo a distancia se esconden distintos factores identificados que pueden ser generadores de distintas problemáticas laborales si no se afrontan adecuadamente. Los factores que se suscitan más importantes a regular son, por un lado la cuestión económica en la relación laboral y contractual ( p.ej, cómo abordar los gastos que ocasiona dicha actividad) , por otro lado los aspectos relativos a las condiciones laborales de seguridad y salud laboral.

 

10 objetivos a regular

 A continuación, se presenta un resumen de esta propuesta, destacando los objetivos más críticos a regular

  1. Análisis organizacional del puesto de trabajo

El teletrabajo cambia la definición de análisis de puestos tradicional, evolucionando a un puesto definido por tareas, a un trabajo orientado a objetivos, donde la productividad sea valor. Aspectos que deberán plasmarse como nuevas formas reguladoras del trabajo y que tiene cabida en distintos factores organizacionales a regular como el relativo a las prácticas de teletrabajo en plataformas.

  1. Determinación de las características del trabajo digitalizado (TICs).

Se han de definir los tipos de trabajos denominados TICs (su grado de dependencia tecnológica) y los factores de riesgo que vienen relacionados con su utilización, de tipo ergonómico y psicosocial (como los riesgos asociados al término tecnoestrés)

  1. Definición los riesgos psicosociales asociados al teletrabajo.

Nacen nuevas relaciones laborales con compañeros, superiores y con la propia tarea. Estos aspectos exigirán una revisión de las actuales herramientas de evaluación de riesgos y una visión más amplia de los mismos.

  1. Habilidades organizativas y comunicativas que ha de tener teletrabajador.

El teletrabajo no consiste solo en realizar el mismo trabajo que se realiza en una oficina desde el hogar. Las características del teletrabajador son diferentes, se le requiere autonomía, capacidad de aprendizaje, entre otras muchas facetas, que incorpora nuevas capacidades como la toma decisiones y organizarse de manera independiente.

  1. Conciliación laboral

Es un concepto que debe revisarse, el personal se encuentra en su casa la cual es generadora de la “multiactividad”, donde el personal además de la actividad laboral desempeña actividades domésticas y de cuidado de personas (niños, personas mayores). Al respecto es un punto a desarrollar en la futura Ley de Tiempo Corresponsable

  1. Perspectiva de género integradora

El cuidado de niños y personas dependientes recae mayoritariamente en el género femenino. El teletrabajo debe ser entendido como una opción que proporcione al personal, una compatibilidad de trabajo y vida familiar

En cualquier entorno laboral hay que tener presentes las diferentes dimensiones corporales de las mujeres y los hombres.

  1. Organización laboral

El nuevo formato de teletrabajo exige un formato de flexibilidad tanto en el concepto de desarrollo de la tarea, al igual, aparecen aspectos organizativos como horarios de reuniones y todos aquellos trabajos que requieren de varias personas que deberán recogerse dentro de un abanico pactado de horarios y de distribución laboral.

  1. Siniestralidad laboral

Con una de las tasas de siniestralidad más elevadas de Europa, otro aspecto que debe ser abordado, es el relativo a la siniestralidad laboral, y el concepto de accidente de trabajo, para aquellos trabajadores que se encuentren teletrabajando, ya que la determinación de las causas del accidente, así como su temporalidad, serán la base para la determinación del tipo de contingencia a considerar.

  1. El diseño del puesto de trabajo:

Las condiciones en las que el trabajador desarrolla sus tareas deben ser las mismas que en su lugar de trabajo habitual. Las obligaciones del empresario de acuerdo a la Directiva 89/391/CEE y la Ley de Prevención de Riesgos Laborales en relación a la prevención de los riesgos asociados la salud y seguridad de sus trabajadores se extienden más allá del ámbito de la oficina hasta el hogar, debiendo supervisar las condiciones en las que el teletrabajador desempeña su trabajo.

  1. Gestión de la Diversidad:

Se han de tener en cuenta, además, las características del trabajador “especialmente sensible”. Se deberá por tanto gestionar la diversidad (embarazada, discapacidad física-sensorial) para una adaptación del puesto de trabajo a la persona.

 

REFERENCIAS

www.aepsal.com

Memoramdum ENSHPO MEETING AEPSAL

Artículos teletrabajo AEPSAL:

https://aepsal.com/oldweb/el-teletrabajo-y-sus-dificultades-en-tiempos-de-crisis/

https://aepsal.com/oldweb/guia-didactica-de-medidas-de-seguridad-laboral-para-el-teletrabajo/

https://aepsal.com/oldweb/teletrabajo-y-prl/

https://aepsal.com/oldweb/aepsal-y-el-teletrabajo/

 

 

 

junio 24, 2020
Etiquetas: Gestión, Buenas prácticas, Teletrabajo
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