Los miércoles, sentencia. Hoy, prescindir de la PRL es una violación de los derechos fundamentales

En esta sentencia del TSJ de Castilla-León, sede de Valladolid, el empresario prescindió total y absolutamente de las normas más elementales de PRL, y a la primera petición de los trabajadores, les despidió durante el periodo de prueba. El TSJ considera el despido nulo.

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La empresa contratada para realizar trabajos forestales no entregó equipos de protección, ni impartió formación sobre los riesgos del puesto de trabajo, ni siquiera entregó los equipos y herramientas necesarios para realizar su trabajo a sus nuevos trabajadores, a los que despidió al reclamar dichos equipos.
La sentencia tiene el valor añadido jurídico de que el despido se produjo durante el periodo de prueba, durante el cual, en general, los despidos no precisan de justificación alguna. Salvo en el caso de que “subyazca discriminación de las prohibidas por la Constitución (art 14) o el estatuto (art 17) o en general violación de derechos fundamentales” como ocurrió en este caso.
Enlace a la sentencia. (6 págs. 0,1 Mb)
 

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