Una vuelta de tuerca a las obras sin proyecto. Recopilación de normas, guías y sentencia

Las obras sin proyecto son objeto de debate, al no existir ninguna normativa específica. Aunque hoy en día existe material suficiente para disipar dudas.

obras sin proyecto
La Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo aprobó el 12 de diciembre de 2013 el estudio APLICACIÓN DEL R.D. 1627/97 A OBRAS SIN PROYECTO, en el que se establece que son las siguientes.
a)- Obras sin exigencia de proyecto

  1. Obras de corta duración
  2. Obras en periodo de garantía
  3. Obras de conservación de infraestructuras
  4. Otras obras menores

b)- Obras de emergencia
Este documento contiene los mínimos que en materia de gestión preventiva son exigibles en las obras sin proyecto. De sólo 5 páginas en letra grande, se puede consultar en este enlace a la web del INSHT.
Dos de  las cuestiones más controvertidas es la obligación, o no, de designar un coordinador de seguridad y salud y la elaboración, o no, de un plan de seguridad y salud.
Sobre estos puntos no hay dudas, ya que se debe tener presente la sentencia de Tribunal de Justicia de la Unión Europea (sala quinta), del 7 de octubre de 2010, que interpreta la Directiva 92/57 / CEE, de 24 de junio de 1992 y que declara que hay que aplicar la Directiva y no pueden hacerse excepciones a la obligación de la propiedad de designar un coordinador de seguridad y salud, y también que no se puede obviar la obligación de establecer un plan de seguridad y salud para la obra.
Si no te gusta leer sentencias, puedes leer la nota de prensa que el TJUE envió al Consejo Superior de los Colegios de Arquitectos de España, en este enlace. Su título es éste:
Desde el momento en que en una obra de construcción estén presentes varias empresas, el Derecho de la Unión exige que se designe a un coordinador de seguridad y que establezca un plan de seguridad si existen riesgos específicos. Es irrelevante que se requiera o no licencia de obra.
A esta sentencia se aproxima el mencionado estudio Comisión Nacional de SST, cuando afirma, respecto al PSS que:

«… cada empresa deberá realizar una evaluación inicial basada en las actividades y oficios que desarrolle, determinando las medidas preventivas que vaya a aplicar para controlar los riesgos identificados en cada una de ellas. Dichas medidas servirán de base para crear los procedimientos de trabajo que la empresa aplicará en sus obras.

Por tanto, parece lógico asumir que como instrumento de gestión preventiva se acerque a la forma habitual utilizada para el Plan de Seguridad y Salud prescrito por el R. D. 1627/1997.»

Sobre el CSS es más contundente al recordar la mencionada sentencia:

«Una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sala Quinta) de 7 de octubre de 2010 establece como obligatorio el nombramiento de coordinador de seguridad y salud en fase de ejecución en cualquier tipo de obra en la que intervenga más de una empresa, una empresa y trabajadores autónomos o varios trabajadores autónomos, independientemente de la existencia o no de proyecto

 
La Guía Técnica para la evaluación y prevención de los riesgos relativos a las obras de construcción del INSHT es del año anterior al mencionado estudio (2012) y contiene pocas referencias a las obras sin proyecto.
Quizá por ello, recientemente el INSHT ha publicados dos notas técnicas de prevención (NTP) sobre las obras sin proyecto, centradas en dos casos prácticos. Recordar que están supeditadas, como las mismas NTP indican, a la legislación vigente y, sobretodo, a la sentencia anterior.
La NTP 1.071 se titula: Gestión de la seguridad y salud en obras sin proyecto (I): en un centro de trabajo con distinta actividad (8 págs. 0,5 Mb)
La NTP 1.072 se titula: Gestión de la seguridad y salud en obras sin proyecto (II): en una comunidad de propietarios (6 págs. 0,3 Mb)


sst en obras sin proyectoPara la gestión de las obras sin proyecto, nuestra recomendación es la Guía Práctica de Seguridad y Salud en trabajos de Rehabilitación y Mantenimiento. Trabajos sin Proyecto, elaborada conjuntamente por el Colegio de Aparejadores, Arquitectos Técnicos e Ingenieros de Edificación de Barcelona (CAATEEB), Infraestructures.cat y el Departament d’Empresa y Ocupació de la Generalitat de Catalunya,

  • con el objetivo de orientar a los diferentes agentes que intervienen en los trabajos de rehabilitación y mantenimiento sin proyecto,
  • aportándoles la información necesaria para que puedan tomar las decisiones que les corresponden sabiendo cuáles son sus obligaciones y, al mismo tiempo,
  • disponer de la información básica con respecto a las obligaciones y competencias del resto de agentes con los que deben coordinarse.

Enlace a la Guía Práctica de Seguridad y Salud en trabajos de Rehabilitación y Mantenimiento. Trabajos sin Proyecto (Castellano, 211 págs, 1,8 Mb)
Enlace a la Guia Pràctica de Seguretat i Salut en treballs de Rehabilitació i Mantenimient. Treballs sense Projecte (Català, 205 págs, 2,2 Mb)
 

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