Los miércoles, sentencia. Hoy: No hace falta que sea mobbing para causar “daños morales, físicos y psíquicos”

Los hechos probados de menoscabo son largos y terminan con el cese en el puesto de trabajo, pero el tiempo en que han transcurrido, es también largo. Por ello el TSJ Castilla y León prescinde del mobbing, se centra en el incumplimiento existente, y dictamina que la Administración no cumplió con sus obligaciones, originando “daños morales, físicos y psíquicos” al trabajador.

TSTCyL-Valladolid-bannerDe hecho, el TSJ Castilla y León decide no entrar a valorar si existe mobbing, aunque nos recuerda los elementos necesarios para que concurra mobbing: elemento material, elemento temporal y elemento intencional:

“No se prejuzga, pues, si la situación real de hostigamiento se ha producido o no, sino que simplemente razonamos que desde la concreta actuación que supuso de la decisión del cese, que es lo único que ahora podemos enjuiciar…”

Sobre el cese en el puesto de trabajo, la Administración alega su casi omnipotente potestat de autoorganización, pero en este caso el “casi” es decisivo, según criterio del Tribunal:

“… aún cuando nos movamos en el ámbito de la potestad de autoorganización, no puede prescindirse sin embargo de que las distintas modalidades de contratación temporal están debidamente regladas en el artículo 9 de la Ley 55/2.003, con lo que no es libérrima la posibilidad de elegir que tiene la Administración entre una u otra modalidad.”

En consecuencia, sanciona a la Administración “por los daños morales, físicos y psíquicos padecidos”, pero en una cuantía considerablemente inferior a la solicitada.
Finalmente, agradecemos al ponente que, en esta larga sentencia de 33 páginas, haya simplificado los Antecedentes de Hecho y haya considerado poner título a cada uno de los Fundamentos de Derecho.
Enlace a la sentencia.
 

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