Los miércoles, Sentencia. Hoy, una petición de accidente in itínere que no lo es

En contra de lo que es habitual, hoy publicamos una sentencia de un Juzgado de primera instancia. Sirva de confirmación de que las sentencias del TS marcan el camino a seguir. También en caso de muerte.

 
jussticiaEl trabajador sufrió un atropello mortal cuando, al salir del trabajo, se dirigía del trabajo caminando por la carretera hacía el taller dónde tenía el vehículo, en dirección contraria a su domicilio.
La Sentencia incluye el detalle de los cuatro elementos simultáneos y concurrentes que se exigen para que un accidente se considere in itínere. (teleológico, geográfico, cronológico y de idoneidad del medio)
Y también incluye jurisprudencia del TS, que se aplica a la sentencia para concluir “que no basta el ir o el volver del trabajo, sino que es precisa la conexión que la norma establece entre el trabajo y el domicilio”.
«La norma» mencionada no es una norma legal, se refiere a la jurisprudencia del Tribunal Supremo.
Enlace a la sentencia.
 

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