III Estudio de Negociación Colectiva sobre Prevención de Riesgos Laborales

CEIM aborda por tercer año la elaboración de un estudio de las cláusulas preventivas en la negociación colectiva sobre PRL. La principal conclusión es que paulatinamente se moderniza el contenido preventivo en la negociación colectiva, de forma que se evita la prevención defensiva-formal dentro de las empresas y se promueve la salud laboral en la gestión empresarial ordinaria

iiiestudio Negociación Colectiva sobre PRLEsta publicación tiene su razón de ser en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, lo que permite hacer un llamamiento a las diferentes Administraciones con competencias en esta materia para que no olviden que el diálogo social, la negociación colectiva sobre PRL es clave cuando hay que aplicar medidas en el entorno laboral.
Durante estos 20 años la prevención sin duda ha cambiado, pasando de una preocupación inicial centrada en la seguridad e higienie industrial hasta configurar un medio ambiente laboral caracterizado por un aumento de interés en temas sociales y psicológicos, debiendo aprovecharse este nuevo interés por generar una cultura preventiva desde el ámbito educativo basada en la vida saludable, el cuidado ante riesgos presentes en el ámbito doméstico y una sensibilización ante los accidentes de tráfico.
Debemos seguir apostando por la importancia de la ergonomía en el diseño físico y en el entorno social del desempeño del trabajo e insistir en el papel preventivo de dicha disciplina, y seguimos preocupándonos por los riesgos musculoesqueléticos, que si bien estas lesiones no son muy graves, si son molestas y causantes de muchas bajas laborales, crecientes año tras año.
Desde CEIM creemos que es responsabilidad de las organizaciones empresariales modernizar el contenido preventivo en la negociación colectiva, de forma que se evite la prevención defensiva-formal dentro de las empresas, ya que ello impide una adecuada promoción de la salud laboral en la gestión empresarial ordinaria.
Nos parece interesante mencionar en esta publicación, el Informe sobre el Estado de la Seguridad y Salud Laboral en España 2014 publicado por el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, y en el que encontramos un apartado de regulación legal y convencional del empleo y las condiciones de trabajo que dice: “durante 2014 un conjunto de normas han venido a incidir tanto en las relaciones laborales y las condiciones de trabajo en su conjunto, como en el Sistema de Seguridad Social y en el Sistema Nacional de Salud y que contienen, en diversos casos, precisiones sobre la prevención de riesgos laborales”.
Este trabajo es de máxima actualidad, ya que las nuevas posibilidades de descuelgue salarial y la primacía de convenios de empresa, como señalan López Aniorte y Rodríguez Egío , “si, entre las exigencias de nuevos requerimientos o funciones, no se han considerado otros aspectos relacionados con el entorno de trabajo –como el ambiente físico- y con la organización del trabajo, (…)  podrían perjudicar la salud de la persona trabajadora, favoreciendo la aparición de carga mental, fatiga, estrés e insatisfacción laboral, entre otros efectos”.
Enlace al III Estudio de Negociación Colectiva sobre Prevención de Riesgos Laborales de la Confederación Empresarial de Madrid.
 

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