Dos TPRL condenados por un accidente con dos heridos, en una papelera de Hernani.

Por los delitos de lesiones imprudentes y contra los derechos de los trabajadores. Se aplica la atenuante de dilaciones indebidas en el proceso judicial, ya que el accidente ocurrió el 28 de agosto de 2007.

 
LogoElDiarioVascoSufrieron quemaduras al ser alcanzados por una entrada súbita de agua caliente mientras limpiaban un tanque.
El coordinador de seguridad de una papelera de Hernani y una técnico de prevención de riesgos laborales de una contrata encargada de la limpieza de las instalaciones fueron condenados ayer a siete meses de cárcel por un accidente laboral en el que dos operarios resultaron heridos graves.
Los hechos sucedieron el 28 de agosto de 2007, cuando los trabajadores, contratados temporales, accedieron a un tanque para retirar residuos del interior. La sentencia recoge que estas labores se desarrollaron aprovechando que «el proceso productivo se encontraba parado debido al período vacacional», a pesar de que en las proximidades «se puso en marcha una caldera auxiliar» que «alimentaba la red de suministro de vapor de agua». Horas más tarde se produjo «una entrada súbita de agua caliente y residuos en el interior», que «alcanzó a ambos trabajadores».
Uno de ellos sufrió quemaduras de segundo y tercer grado en el 30% de su cuerpo, y necesitó tratamiento médico y quirúrgico. El afectado padece secuelas como cicatrices además de «picores continuados en la espalda y extremidades superiores». Su compañero sufrió quemaduras en la región facial, tronco y extremidades superiores, artritis postraumática en la rodilla derecha, una contusión en el hombro derecho y queratitis en ambos ojos.
La resolución constata «importantes deficiencias» en la seguridad durante la limpieza, lo que «puso en grave peligro la integridad de los trabajadores que se materializó en el accidente». Por este motivo han sido condenados a siete meses de prisión como responsables de un delito contra los derechos de los trabajadores y otro de lesiones imprudentes con la atenuante de dilaciones indebidas en el proceso judicial. No obstante la sentencia reemplaza las penas privativas de libertad por sendas multas de 2.520 euros
Fuente: El diario vasco.com
 

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