La denuncia a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social puede presentarse por vía telemática

Así consta en el punto 4 del apartado “Inspección y Procedimiento” de las “preguntas frecuentes” de su web.

denuncia a la ITSS
En estas “preguntas frecuentes” constan otras cuestiones interesantes, como si se puede denunciar anónimamente, si se puede denunciar sin ser trabajador de la empresa o qué actitudes pueden considerarse obstrucción a la actividad inspectora.
Reproducimos la respuesta a la pregunta 4: “Quiero poner una denuncia contra mi empresa, pero estoy trabajando en horario de mañana y no puedo acercarme hasta la Inspección a presentarla ¿cómo puedo hacerlo?
Podrá cumplimentar el formulario de denuncia por escrito. Deberá hacer constar los datos de la empresa denunciada, datos y firma de identificación del denunciante, hechos constitutivos de infracción, así como demás circunstancias que considere relevantes.
El modelo formalizado de denuncia lo puede encontrar en el apartado de la Web ITSS: Atención al ciudadano > descarga de formularios. Es aconsejable adjuntar copia del DNI. Dicha denuncia deberá dirigirla y enviarla vía postal a la Inspección provincial correspondiente. Ver apartado: Quiénes somos > estamos muy cerca

También podrá realizar los trámites a través de la Presentación telemática: En este caso deberá utilizar la Sede Electrónica del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, siempre que el denunciante disponga del DNI eletrónico (DNIe) o de una firma electrónica avanzada basada en un certificado electrónico reconocido por la plataforma @firma.

El trámite se realizará accediendo, a través del sitio Web del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, a su Sede electrónica MEySS.
denuncia a la ITSSPuede tener interés leer el apartado ¿Cómo presentar una denuncia formal ante la Inspección de Trabajo y Seguridad Social? en el que constan todas las formas de presentar una denuncia, incluida la telemática, y también consta la existencia del «Buzón de lucha contra el Fraude Laboral«, donde podrán comunicar a la ITSS cualquier incumplimiento que conozcan de   de la normativa laboral, de Seguridad Social o de Prevención de Riesgos Laborales.
En este caso el comunicante no tendrá que aportar ningún dato personal y el buzón solo recogerá información sobre las presuntas irregularidades de las que se tenga conocimiento.
Enlace al apartado “Inspección y Procedimiento” de las “preguntas frecuentes” de la web de la ITSS
 

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