Directrices básicas para el desarrollo de la PRL en la Administración General del Estado

El INSHT ha publicado en agosto de este año las «Directrices básicas para el desarrollo de la PRL en la Administración General del Estado (AGE)». PRL – AGE son  un binomio complicado.

banner_prl_250-desarrollo-prl-ageEl sector público tiene unas particularidades que le hacen diferente del sector privado, necesitando, en muchas ocasiones, de una adaptación o desarrollo de normativa específica, como sucede en el ámbito de Prevención. El Reglamento de los Servicios de Prevención, en su disposición adicional cuarta, concede a las Administraciones Públicas la facultad de ‘regularse’ la organización de los recursos especializados; definición de funciones y niveles de habilidad del personal; cómo llevar a cabo la negociación colectiva; evaluación externa o auditoría del sistema de prevención.
El objetivo de este documento de ‘Directrices’ es definir y determinar las actividades a seguir por cualquier departamento, con la ayuda de su servicio de prevención, para cumplir con las regulaciones específicas aplicables y mejorar la seguridad y la salud de los empleados públicos, siendo un complemento del Sistema de Gestión de Riesgos Laborales establecido para la Administración General del Estado.
Este documento está basado en las tres guías de carácter ‘trasversal’ del INSHT (integración, calidad del servicio y simplificación) y en el documento «Directrices básicas para el desarrollo de la prevención de los riesgos laborales en la empresa”.
 
Es interesante la frase que se añade en el abstract en inglés a esta presentación, nos viene a decir que España sigue siendo diferente:
En España, la legislación en materia de SST da autonomía a las Administraciones Públicas para la auto-regulación de la gestión de los recursos dedicados, la definición de funciones, cómo llevar a cabo la negociación colectiva, la evaluación externa o la auditoría del sistema de prevención.
 
Cuando se publicó la modificación del RD de adaptación de la PRL a la Administración General del Estado, ya dijimos que  «Se nos hace extraño que no sea la AGE la que se adapte a la PRL«.  Enlace a la noticia, al RD de modificación y a la versión consolidad del RD de adaptación de la PRL a la AGE.
Enlace a la noticia en la web del INSHT, en la que encontrarás los enlaces de las guías de carácter ‘trasversal mencionadas.
Enlace directo al documento (pdf, 1,7 Mb)
 

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