Sentencia del Tribunal Supremo, sobre las obligaciones de las empresas

En el tema de los reconocimientos médicos, al detectar que el turno de trabajo afecta a la salud del trabajador.

TS-bannerConcluye la sentencia que si el reconocimiento médico detecta un riesgo para el trabajador, la empresa no sólo puede, sino que debe cambiar sus turnos de trabajo, en cumplimento de la LPRL.
Afirma la sentencia que la empresa estaba obligada a realizar el cambio de turno, cambio que “ni siquiera se hallaba dentro de la mera discrecionalidad empresarial en el margen de su poder de dirección”.
Enlace a la sentencia. (5 págs.)
 

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