Los miércoles, sentencia. Hoy, El TS no puede entrar a valorar un caso claro de asbestosis

El Tribunal Supremo confirma que el recurso tiene un “evidente defecto insubsanable, y no puede entrar a valorar el caso de un trabajador que “ha estado expuesto directa e indirectamente en la realización de sus tareas a la inhalación de fibras de asbestos”. Aprovechamos para recordar la campaña «Amianto cero en Europa, justicia para las víctimas»

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De las siete páginas de la sentencia, dos se dedican a los hechos probados en la sentencia de instancia, entre los que constan que el trabajador “ha estado expuesto directa e indirectamente en la realización de sus tareas a la inhalación de fibras de asbestos”.
El TSJ de Valencia revocó esta sentencia y el recurso de casación para la unificación de doctrina no se admite por defecto de forma evidente, ya que no reúne los mínimos requisitos para ser admitido.
En estos recursos se exige una sentencia de contraste con la recurrida y “una comparación de los hechos de las sentencias, el objeto de las pretensiones y de los fundamentos”. Pues bien, la representación del trabajador omitió este aspecto y se limitó a adjuntar parte las sentencias escaneadas “sin llevar a cabo -en momento alguno- una singular relación comparativa del presupuesto factual de las resoluciones que se contrastan”. El TS lo califica de “evidente defecto insubsanable”.
Las próximas semanas veremos qué establece el Tribunal Supremo cuando entra a analizar, pero hemos querido empezar con esta sentencia que demuestra que el tema de la contaminación por asbesto no puede ni debe dejarse en manos de los Tribunales. No porque no cumplan su cometido, que lo cumplen cuando por plazo corresponde, sino porque las sentencias pueden llegar a fallos muy distintos por motivos ajenos tanto a los trabajadores como a los tribunales. Y también porque estos largos procesos suponen un derroche de tiempo y dinero a las arcas públicas que de ninguna forma se puede justificar, pudiendo existir una norma genérica que regule estas situaciones.
 
AmiantoCero
EcologistasEnAccion-logoEn este sentido, debemos recordar la campaña promovida por Ecologistas en acción y la Federación de asociaciones de
víctimas y colectivos del amianto – FEDAVICA «Amianto cero en Europa, justicia para las víctimas«, a la que AEPSAL se ha adherido.
Enlace a la sentencia del Tribunal Supremo. (8 págs. 0,1 Mb)
Enlace al manifiesto de la campaña. (2 págs. 0,1 Mb)
Enlace al documento para que las organizaciones se adhieran a la campaña (1 pág. 0,1 Mb)
 

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