INSPECCION DE TRABAJO PUBLICA Criterio Operativo nº 102/2020

Sobre medidas y actuaciones de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social relativas a situaciones derivadas del nuevo Coronavirus (SARS-CoV-2)

La OMS declaró, como consecuencia del brote de SARS-CoV-2 en China, el pasado 30 de enero la situación de «emergencia de salud pública de importancia internacional» (ESPII o PHEIC por sus siglas en inglés). Posteriormente, el 11 de marzo de 2020 declaró el COVID-19 como Pandemia a nivel mundial. En España, el 14 de marzo de 2020, el Consejo de Ministros aprobó el Real Decreto 463/2020 de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, siendo publicado el mismo día en el Boletín Oficial del Estado y entrando en vigor en dicho momento.

La propagación del nuevo coronavirus puede incidir de múltiples formas en la actividad laboral

que se desarrolla en los centros de trabajo, por lo que la Dirección del Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social, en su condición de Autoridad Central de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social a propuesta de laSubdirección General para la coordinación de la Inspección del Sistema de Relaciones Laborales, a dictado con carácter de urgencia, un CRITERIO OPERATIVO.

Por medio de éste, se establecen unos criterios respecto de lo que debe ser la actuación de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, cuando desarrolla sus funciones en el ámbito de la seguridad y salud en el trabajo, pero también respecto de las medidas preventivas que deben adoptar los propios funcionarios/as para evitar el contagio con ocasión de sus actuaciones en los centros de trabajo.

  1. . GRUPOS DE RIESGO DE TRABAJADORES Y TRABAJADORAS DESDE EL PUNTO DE VISTA SANITARIO
  2. NORMATIVA SANITARIA Y LABORAL APLICABLE
  1. ACTUACIONES DE LAS EMPRESAS EN MATERIA LABORAL ANTE EL NUEVO CORONAVIRUS (SARS-CoV-2).
    1. PUESTOS DE TRABAJO EN LOS QUE EXISTE RIESGO DE EXPOSICIÓN PROFESIONAL AL SARS-COV-2
    2. PUESTOS DE TRABAJO QUE NO IMPLICAN RIESGO DE EXPOSICIÓN PROFESIONAL AL SARS-CoV-2
  1. ACTUACIONES DE LA INSPECCION DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL EN RELACIÓN CON LAS MEDIDAS A ADOPTAR POR LAS EMPRESAS PARA PREVENIR LA INFECCION DE SUS TRABAJADORES/AS POR EL VIRUS SARS-CoV-2.

 

Se adjunta archivo: criterio operativo coronavirus.pdf

Con este criterio operativo esperamos ayudar a las empresas en la gestión preventiva de sus trabajadores, en esta grave situación donde la protección de la salud del trabajador es un activo crítico, y seguimos apelando haciendo una llamada a la responsabilidad de todos.

Redactado por Susana Romero

Scroll al inicio